LAS OPCIONES DE INMIGRACIÓN PARA MUJERES ABUSADAS Y SUS HIJOS
Una mujer que ha sido abusada por su marido que es un ciudadano americano o residente permanente tiene el derecho de hacer una solicitud para su residencia permanente. Una mujer no califica para la residencia si su pareja no es un ciudadano o residente de los EEUU. Sus hijos menores de edad también tienen el derecho de solicitar la residencia.
Para calificar, la mujer debe ser o ha sido, casada con su pareja abusiva. No es suficiente si ellos únicamente vivían juntos. La convivencia no es bastante.   Si la mujer se casó con el hombre abusivo, y más tarde supo que el era casado con otra mujer antes de que él se casara con ella, y el matrimonio no es válido, ella todavía califica para la residencia.
Aunque ella obtenga un divorcio, la mujer puede seguir solicitando su residencia. Hay que presentar la solicitud de residencia dentro de dos años después del divorcio. Aunque el marido abusivo muera, la mujer puede solicitar su residencia, pero ella tiene que presentarlo dentro de dos años después de la muerte de su marido.
Aunque la mujer no haya sido abusada por su marido, pero el marido ha abusado a sus hijos, ella puede solicitar la residencia por sí misma, sin la ayuda de su marido.
El abuso puede ser violencia física o sexual o abuso psicológico o emocional. Ella tiene que probarlo, por ejemplo, con declaraciones juradas de testigos, informes policiales, archivos médicos, archivos de la corte de la familia y antecedentes penales de su marido.
Una mujer que tiene la residencia condicional puede solicitar por sí misma para la residencia permanente
Una mujer en un proceso de deportación o expulsión puede solicitar cancelación de expulsión si ella puede demostrar que ella ha sido abusada por su marido que es un ciudadano de los EEUU o residente permanente, que ella permanece en los EEUU al menos tres años y ella tiene un buen carácter moral.
Los hijos menores de edad que han sido abusados por su padre o padrastro que es ciudadano americano o residente permanente también pueden solicitar su residencia.
Los hijos de un ciudadano americano que están abusados tienen hasta la edad de 25 años de presentar una solicitud de residencia, pero tienen que demostrar que una razón para el retraso fue el abuso. Tienen que demostrar que fueron elegibles para residencia antes de cumplirse 21 años.
Los padres que han sido abusados por un hijo o hija adulto que es ciudadano americano pueden solicitar su residencia también.